La nueva Ley que regulara los créditos hipotecarios pondrá fin, por fin , a una práctica común entre los bancos , la de vincular seguros a sus hipotecas para garantizar mejores ventajas en la contratación del crédito .

 

Hasta la fecha los bancos se acogen a lo que llaman “ventas vinculadas” y ventas combinadas” ;En las  vinculadas en el  “paquete “ del crédito hipotecario se  incluyen otros productos que comercializa el banco , como puede ser seguros de vida , de hogar, de paro, etc…, La Unión Europea  lo prohibió en el 2014 , pero la Directiva hasta la fecha no se había puesto en vigor en la legislación Española .

Con las “ventas combinadas” se presentan como ventas por separadas, pero en la práctica se exigen como productos necesarios para obtener condiciones “más ventajosas”.

En muchas ocasiones (en la mayoría), resulta más ventajoso, contratar los seguros fuera de la entidad financiera, aun perdiendo “las ventajas” ofrecidas por contratarlos .

Esta diferencia puede llegar a ser hasta un 50% más caro en los seguros de vida y entre un 30 % y un 50% en los seguros de hogar

 

Con la nueva ley, además de PROHIBIR las ventas vinculadas, introduce otra novedad, la de poder cambiar de seguro sin perder las “condiciones ventajosas” ; Es decir, hasta la fecha , además de obligar a contratar , vinculaba el seguro a un plazo , el de la hipoteca.

A partir de la entrada en vigor de la nueva ley, el cliente podrá cambiar el seguros con la compañía  y mediador que elija , siempre que tenga las mismas coberturas y el BANCO  no podrá modificar las condiciones del préstamo.

 

La ley verá la luz en el primer trimestre del 2018.

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