Febrero de 2022 será recordado como el mes donde la guerra volvió al continente europeo. Millones de personas se encuentran en riesgo de sufrir daños directos o indirectos de un conflicto armado.
Desde mediados de febrero, las principales compañías aseguradoras internacionales avisaron a sus asegurados de que dejaban de cubrir aquellos viajes en los que se volara sobre Ucrania por el riesgo de conflicto armado.
Ante estos hechos nos preguntamos: ¿un seguro de vida y/o accidente cubre el fallecimiento o la invalidez provocada por un daño colateral de un conflicto armado?
La respuesta es NO, una de las exclusiones de los seguros de vida y/o accidente es la de los actos que impliquen una confrontación militar o civil, la participación en conflictos bélicos haya habido o no declaración de guerra previa, y el estar en manifestaciones políticas donde haya uso de armas.
A continuación, nos acordamos de que en España existe la figura del Consorcio que precisamente se creó para dar cobertura a hechos extraordinarios, pero nos encontramos con que sólo da cobertura a dos tipo de sucesos extraordinarios:
- Fenómenos de la naturaleza: Terremotos y maremotos, inundaciones (incluidos los embates de mar en las costas) erupciones volcánicas, tempestades (incluidos tornados y vientos extraordinarios) y caídas de meteoritos.
- Hechos de carácter político-social: Terrorismo, rebelión, sedición, motín, tumulto popular, y actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz.
Como excepción, existen seguros especiales para dar cobertura a las Fuerzas Armadas y a voluntarios en conflictos armados.
En los seguros de viaje quedarían en suspenso las garantías de asistencia médica en el momento que se declarara el conflicto armado y a partir de ese instante la compañía tiene que acogerse a lo que determine el Ministerio de Asuntos Exteriores en lo relativo a repatriaciones.
Podemos concluir que los daños, tanto materiales como personales, que se pueden sufrir como consecuencia de una guerra no están cubiertos por un seguro. Es por ello conveniente que aquellas personas que por su profesión (médicos, periodistas, voluntarios de ONG…) tengan que desplazarse a zonas de guerra contraten coberturas específicas para estas situaciones, consultado con su corredor de seguros.
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