Normativa DGT 2021. Conoce en qué te afecta.

A finales de 2020, el Gobierno aprobó una serie de modificaciones en materia de Tráfico de cara a este 2021 que entra ahora. Entre ellas encontramos cambios relativos a la velocidad, el uso del móvil o el cinturón de seguridad, así como una normativa específica para los patinetes eléctricos en ciudad. Repasamos cómo afectarán a los conductores y cuándo entrarán en vigor.

Estas novedades se sumarán a otras que ya están activas vía Real Decreto, como por ejemplo la rebaja de la edad para sacarse el permiso de camión o autobús o los nuevos límites de velocidad máxima en ciudad, aunque se aplicarán a los seis meses de su publicación en el BOE. Varios de estos cambios ya tienen fecha de llegada, mientras que otros aún no, pero el objetivo es que se hagan efectivos a lo largo de 2021.

Nueva normativa para los patinetes eléctricos o vehículos de movilidad personal.

Este tipo de “vehículos” pasan a estar tipificados en la regulación y deberán cumplir nuevas normas para circular:
– Prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales. Los patinetes deberán circular por carretera, «cumpliendo las normas de circulación igual que el resto de vehículos», aunque sí pueden utilizar los carriles bici. Además, solo podrán circular por ciudad, por lo que estarán prohibidos en vías interurbanas, travesías, así como autopistas y autovías.
– Velocidad máxima. Los vehículos de movilidad personal podrán circular a velocidades de entre 6 y 25 km/h.
– ¿Qué es considerado patinete eléctrico? Vehículos de una o más ruedas y de una única plaza que sean propulsados por motores eléctricos.

No obstante, el casco seguirá sin ser obligatorio para circular con este tipo de vehículos, y tampoco se específica una edad mínima para conducirlos, así como la exigencia de llevar matrícula o tener seguro.

Velocidad máxima para adelantar

En carretera, quedará prohibido rebasar el límite de velocidad para adelantar en carreteras convencionales. Hasta la fecha el reglamento contempla que se puede rebasar el límite máximo de la vía en 20 km/h, pero con esta reforma se eliminará esta posibilidad para coches y motocicletas.

Esto se traduce en que, si el vehículo que nos precede en este tipo de vías ya circula al límite establecido por la vía, separación física entre los dos sentidos de circulación puede ser de 100 km/h, no podremos superar dicho límite para adelantar.

Esta modificación no ha estado exenta de polémica, ya que organizaciones como Mutua Motera señalan que supondrá una merma de seguridad.

Si bien esta reforma incluida en el Reglamento General de Circulación ya fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en noviembre, no entrará en vigor hasta pasados seis meses, por lo que será efectiva el 11 de mayo de este 2021.

En ciudad, también a partir de esta fecha, es decir 11 de mayo, deberán comenzar a cumplirse los nuevos límites de velocidad en ciudad:
a) 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
b) 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
c) 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

** Fuentes: www.motorpasion.com

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