El seguro de decesos nace como respuesta a una realidad muy concreta e ineludible: hacer frente a los gastos y gestiones que rodean al fallecimiento de las personas.
Una de las principales utilidades de tener contratado un seguro de decesos es el conocimiento y servicio que prestan en la gestión de los dolorosos y pesados trámites relacionados con el fallecimiento del asegurado.
¿Cuáles son las garantías y coberturas básicas de un seguro de decesos?
- La prestación de un servicio fúnebre, o el resarcimiento de gastos en caso de imposibilidad de prestación de dicho servicio.
- Gastos de sepultura, derivados de la compra o alquiler de una sepultura o nicho, o de incineración.
- Lápidas.
- Otros gastos, como derechos parroquiales, registro, recordatorios, coronas, automóviles de acompañamiento, etc.
Además, los seguros de decesos pueden incorporar otras coberturas, en algunos casos muy importantes:
- Indemnización única por fallecimiento o invalidez por accidente del asegurado.
- Subsidio diario por hospitalización derivada de una intervención quirúrgica.
- Traslado nacional en caso de fallecimiento fuera del domicilio donde reside habitualmente el asegurado fallecido.
- Asistencia en viaje fuera de España, dando cobertura a gastos médicos originados por accidente o enfermedad sobrevenida, normalmente limitados a un importe máximo.
- Repatriación sanitaria y/o por fallecimiento fuera de España.
- Traslado a cementerio situado en localidad diferente del lugar de residencia habitual del asegurado.
- Asistencia legal y trámites, tales como: Obtención de la licencia de enterramiento o de incineración, Inscripción del fallecimiento en el Registro Civil, Obtención del correspondiente certificado de defunción, Solicitud de la pensión de viudedad u orfandad, Baja del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Baja del Libro de Familia, Liquidación del Impuesto de Sucesiones, etc.
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